Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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Legislatura: 1869-1871 (Cortes Constituyentes de 1869 a 1871)
Sesión: 16 de febrero de 1869
Cámara: Congreso de los Diputados
Discurso / Réplica: Réplica al Sr. Palanca
Número y páginas del Diario de Sesiones: 5, 38
Tema: Actas electorales de Ronda. Intervención y manipulación del Gobierno en las elecciones

 El Sr. Ministro de la GOBERNACIÓN (Sagasta): Si no fuera, Sres. Diputados, por la necesidad en que el Gobierno pueda encontrarse de justificar sus actos, indebidamente atacados en la cuestión electoral; si no fuera por el deber en que se encuentra de defender a los funcionarios públicos que sean indebidamente censurados, y si no fuera, en fin, y sobre todo por la gran deferencia y distinguida consideración que todos los Sres. Diputados se merecen, lo cual le impulsa a contestar inmediatamente a cuantas dudas se ocurran, consultas se dirijan y preguntas se hagan, el Gobierno no tomaría parte alguna en la discusión de las actas, porque cuestión es ésta de la única y exclusiva competencia de los Sres. Diputados, que reunidos en especie de jurado, examinan, discuten y juzgan la validez o nulidad de los poderes de sus compañeros, sin que el Gobierno tenga para nada que mezclarse ni influir directa ni indirectamente en los acuerdos de la Asamblea Constituyente. Y aun dentro de la esfera del Gobierno, y aun para contestar a los Sres. Diputados que se sirvan dirigirse al Gobierno, éste ha de emplear gran parsimonia en las contestaciones que tenga que dar, siempre que se vea en la necesidad de hacer uso de la palabra, porque no quiere en manera alguna contribuir a retrasar ni por un momento la constitución definitiva de las Cortes y el principio de la tercera y última etapa de la revolución de Septiembre, deseoso como está de depositar en manos de los elegidos del pueblo la dictadura moral que la revolución le confiara, y ansioso como se encuentra de que su conducta sea conocida y sus actos examinados y discutidos, seguro como se halla también de que el país sabrá hacer justicia a unos hombres modestos, que en la alta y delicada misión que les ha sido confiada, y cumpliendo con los eternos principios de justicia y de libertad escritos en la bandera de la revolución de Septiembre, no han tenido más mira que el afianzamiento de la libertad, ni otro fin que alcanzar la felicidad de la nación.

No hubiera, pues, tomado el Gobierno parte en la discusión de las actas; pero aquí se han hecho algunas indicaciones que parecen tener relación con el Gobierno, a las cuales es menester que conteste.

Aquí se ha hablado de destitución en masa de ayuntamientos en una circunscripción o provincia; de determinaciones de autoridades que representan al Gobierno en aquella provincia, que, si las hubieran tomado tal y como el Sr. Palanca ha dicho, hubieran incurrido en gravísima responsabilidad, la cual pesaría hoy sobre el Gobierno, si este no hubiera inmediatamente castigado la falta si la hubiera habido; y el Gobierno va a decir algo sobre estos hechos y razones, no entrando en las actas, porque ha dicho, y repite, que respecto a la validez o nulidad de los poderes de los Sres. Diputados, estos son los únicos que deben discutir y juzgar.

En primer lugar deben saber los Sres. Diputados que en la circunscripción de que se trata no ha sido destituido ningún ayuntamiento; y no sé por qué el Sr. Palanca, tratando de la circunscripción de Ronda, ha traído a cuenta la destitución de los ayuntamientos de la de Málaga. Impaciente estaba S. S. por decir esto, y justo es también que reciba S. S. cumplida contestación.

Es verdad, señores, que el gobernador de Málaga ha separado algunos ayuntamientos, que ha destituido algunos; ¿pero saben los Sres. Diputados por qué? Porque eran ayuntamientos que los había constituido la fuerza bruta, los perturbadores armados, recorriendo las poblaciones y destituyendo por fuerza a los que había nombrado el sufragio popular. ¿Y saben los Sres. Diputados lo que tuvo que hacer el gobernador de Málaga? Lo que el Gobierno mandó; que inmediatamente depusiera aquellos ayuntamientos que habían sido establecidos por la fuerza bruta, y que restituyera en sus puestos a los que habían sido elegidos por sufragio universal. Esos son los ayuntamientos que el gobernador de Málaga ha destituido antes, después o ínterin las elecciones que para hacer justicia siempre es tiempo.

Otro hecho, porque no quiero detenerme sobre este punto; aquí vendrá la discusión en su día, el expediente está ahí; el Gobierno contestará a todas las indicaciones, a todas las observaciones que se sirva hacer en otra ocasión el Sr. Palanca. Otro hecho: que el gobernador de Málaga había suspendido una elección y que había acordado que se verificase esta elección en un plazo que está fuera de la ley.

Señores, en Cortes de la Frontera llegó el día de la elección, y unos cuantos perturbadores armados se apoderaron del local, no dejaron penetrar en él a nadie, cerraron hasta las puertas y llenaron las urnas con las papeletas y nombres que tuvieron por conveniente. ¡Buena manera de hacer elecciones por sufragio universal! La fuerza bruta, los perturbadores, apoderándose del local, quisieron alterar el sufragio universal, se opusieron a la libertad de los electores e impidieron que fueran a hacer uso de su derecho los ciudadanos que iban a hacerlo. Acudieron al gobernador en queja de estos escándalos, de estas grandes violencias, de estos atentados, y el gobernador, en uso de su deber, mandó que aquellas elecciones que no se habían verificado, se verificasen. No hubo suspensión, no; lo que hubo fue mandato de que se verificasen unas elecciones que no habían tenido lugar, porque no era elección; no podía el gobernador considerar como tal la que hicieron unos cuantos que, ocupando el local con armas, cerrando las puertas, impidieron que fueran a votar y a hacer uso de su derecho los verdaderos electores. Y he aquí por qué resulta lo que ha dicho muy bien el Sr. Palanca, que apareció con todos los votos del pueblo una persona a quien no tengo el gusto de conocer; y cuando las elecciones se verificaron bien, como debían verificarse con arreglo al decreto, ya ese Sr. Diputado no salió elegido por unanimidad, sino otro Diputado que no había tenido votos en la elección que tuvo lugar por la fuerza bruta.

Conste, pues, que no suspendió la elección el gobernador de Málaga, ni estableció nuevo plazo fuera de lo dispuesto por el decreto; lo que hizo fue condenar una violencia, un atentado, y mandó que la elección se verificara cuando y como pudo.

Estos son los dos hechos culminantes que el Sr. Palanca ha tenido a bien manifestar al Congreso, y que pueden tener relación con el Gobierno; pues en cuanto a la validez o nulidad de las actas, el Gobierno nada tiene que decir; la comisión ha dado su dictamen, y el Congreso se servirá aprobarlo o no, como tenga por conveniente.

El Sr. PALANCA: Pido la palabra para rectificar.



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